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Novedades y cambios

Novedades y cambios

Enero 2025 - SILICIE 2.0

Tras la modificación de la Ley 7/2024 y Real Decreto-Ley 9/2024 en materia de los impuestos especiales publicado por la Agencia Tributaria, entran en vigor los siguientes cambios a partir del 01.01.2025.

  • Para la Agencia Estatal, se establece un período transitorio hasta el 30.06.2025. Durante este período se podrán seguir comunicando los asientos al sistema de la versión 1.0.

Los asientos remitidos durante el período transitorio a la versión 1.0 de SILICIE, deberán ser comunicados a la versión 2.0 de SILICIE antes de la finalización del período transitorio.

  • Para la Foral de Navarra, no hay período transitorio, por lo que todos los asientos a partir del 01.01.2025 deberán ser remitidos a la V 2.0 de SILICIE.

  • Para la Foral de Álava, la obligatoriedad de contabilizar en la V 2.0 entrará en vigor en enero del 2026.

APERTURA DEL EJERCICIO CONTABLE

Se crea la figura del EJERCICIO CONTABLE, que coincidirá con el año natural.

Se deberá dar de alta de forma manual en la web de la Agencia y recogerá todos los asientos con fecha de movimiento en el año natural. Al finalizar el año, se deberá cerrar manualmente también. Por tanto, cada ejercicio será independiente de los demás.

  1. Alta de ejercicio contable:

    1. Se deberá realizar de forma PREVIA al suministro de los asientos del año en cuestión.

    2. El plazo máximo para efectuarlo finaliza el 31 de enero del año en cuestión.

Los titulares de establecimientos deberán comunicar la apertura de cada ejercicio contable con carácter previo al suministro de los asientos contables del ejercicio.

COMUNICACIÓN EXISTENCIAS INICIALES EN CADA EJERCICIO CONTABLE

  1. Se deberán dar de alta las existencias iniciales en cada ejercicio contable mediante los movimientos de apertura.

  2. La fecha de movimiento de estos asientos será el 01.01 del año en curso.

  3. Esta comunicación de existencias iniciales tendrá como plazo máximo de presentación el 31 de enero del año en curso.

  4. Las existencias deberán ser, necesariamente, coincidentes con las existencias finales del ejercicio anterior.

CIERRE DEL EJERCICIO CONTABLE

Una vez finalizado el ejercicio contable, los titulares de los establecimientos deberán comunicar el cierre del ejercicio contable dentro del límite establecido por la AT. En caso contrario, se cerrará automáticamente no permitiendo el suministro de asientos.

NORMALIZACIÓN DE DATOS

Se normalizan los datos enviados siguiendo las siguientes reglas y niveles:

NIVEL 1 - En todos los campos, excepto “Observaciones”:

  • Los textos en minúscula pasarán a mayúsculas.

  • Se eliminarán los espacios al principio y al final.

NIVEL 2 - En los campos que identifican el producto, se incluyen los pasos del nivel 1 y además:

  • Si hay más de un espacio entre palabras se elimina.

  • Todos los caracteres se visualizarán sin acentos ni caracteres distintos a: [A-Z] incluyendo la Ñ y Ç.

  • Solo se permiten los siguientes caracteres especiales: punto “.” y guion medio “-”, el resto se eliminará.

IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTOS Y MOVIMIENTOS

La identificación de los productos objeto de los asientos contables se realiza a través de los siguientes campos del asiento:

  • Epígrafe fiscal

  • Código de epígrafe

  • Clave

  • Código NC

  • Descripción

  • Referencia

CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA DEL ASIENTO

  1. Cambios generales para las Altas

Se incluyen las siguientes modificaciones y campos nuevos:

  • Se separa el Número asiento previo en dos:

    • Número asiento previo.

    • Número asiento previo reintroducción pasa a ser entrada condicional que solo debe informarse cuando el movimiento/asiento sea de “Reintroducción”.

  • Se añade Número ejercicio contable obligatorio.

  • Referencia producto pasa a ser entrada obligatoria.

  • Tipo justificante y Núm. Justificante pasan a ser entradas obligatorias.

  • Se añade Núm. Operación fabricación anterior que será una entrada opcional.

  • Se añade OD Núm. Surtidor y OD Lect. Contador que serán entradas condicionales.

  • Se añade OD Ident. Aeronave pasa a ser entrada condicional.

  • Se ajusta Densidad aumentando a 6 decimales.

  • Grado alcohólico volumétrico aumentando a 3 decimales.

  • Capacidad pasa a ser entrada condicional.

  • Número de envases pasa a ser entrada condicional.

  • Indicador de marcas fiscales pasa a ser entrada opcional.

  1. Cambios generales para las Bajas

  • Se añade el campo Número ejercicio contable obligatorio.

CAMBIOS EN TABLAS AUXILIARES

  • Tipo documento identificación - Se añade el valor 4 = Aduana.

  • Tipo justificante - Se añaden dos nuevos tipos de justificantes:

    • J12 - Justificante recuento / inventario.

    • J13 - Justificante operaciones suministradas de forma agregada.

 

 

 

 

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