Configuración principal TBAI
En el apartado de “Configuración principal TBAI” se parametrizan las condiciones que se deben cumplir para que un documento FI genere un registro TBAI y/o una anotación en el LROE, así como las características que tendrá.
La parametrización de entradas en el apartado de “Configuración principal TBAI” está dividida en dos segmentos.
En el primer segmento se definen las características que el documento financiero deberá cumplir para generar un registro TBAI o una anotación LROE.
Sociedad (Obligatorio)
Clase de documento (Obligatorio)
Indicador de impuestos (Obligatorio)
Clave contabilización (Opcional)
La combinación de los campos del primer segmento deberá ser única, de acuerdo con el siguiente orden de prioridades:
Sociedad/Clase Doc./Indicador de Impuestos/Clave Contable
Sociedad/Clase Doc./Indicador de Impuestos
En el segundo segmento se definen las características que el registro TBAI o anotación LROE tendrá.
Capítulo
Subcapítulo.
Tipo de envío
Cód. rectificativa
Factura simplificada
Sustitución simplificada
Asiento resumen
Tipo rectificativa
Clave régimen 1
Clave régimen 2
Clave régimen 3
Desglose (Emitidas)
Desglose (Recibidas)
Autoconsumo
Emitida por (Autofactura)
El campo “Clave contabilización” es opcional, aunque se recomienda siempre indicarlo para restringir la entrada configurada.
El campo “Subcapítulo” a pesar de ser mostrarse como opcional, es requerido funcionalmente si se ha seleccionado la opción “Facturas emitidas (1)” en el campo “Capítulo”.
Si la opción seleccionada en el campo “Capítulo” es “Facturas recibidas (2)”, el campo “Subcapítulo” deberá dejarse vacío.
El apartado de “Configuración principal TBAI” almacenará todas las entradas requeridas para la creación de registros electrónicos para el cumplimiento de las normativas TicketBAI y BATUZ:
Alta de registro TBAI para las Diputaciones forales de Álava y Guipúzcoa (Normativa TicketBAI)
Baja de registro TBAI para las Diputaciones forales de Álava y Guipúzcoa (Normativa TicketBAI)
Alta anotaciones LROE de facturas emitidas con software garante (TicketBAI) para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa TicketBAI-BATUZ)
Baja anotaciones LROE de facturas emitidas con software garante (TicketBAI) para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa TicketBAI-BATUZ)
Alta anotaciones LROE de facturas emitidas sin software garante (TicketBAI) para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa BATUZ)
Baja anotaciones LROE de facturas emitidas sin software garante (TicketBAI) para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa BATUZ)
Alta anotaciones LROE de facturas recibidas para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa BATUZ)
Baja anotaciones LROE de facturas recibidas para la Diputación foral de Vizcaya (Normativa BATUZ)
DETALLES PARA LA CONFIGURACIÓN DE ENTRADAS EN “CONFIGURACIÓN PRINCIPAL TBAI”
Campo | Significado |
---|---|
Sociedad | Identificador de la sociedad FI donde se aplica la condición.
Sólo se podrán elegir una entre aquellas sociedades FI que hayan sido introducidas en la tabla de https://techedgespain.atlassian.net/wiki/spaces/TC/pages/3168403526. |
Clase de documento | Clase de documento contable que se debe tener en cuenta para crear la anotación. |
Indicador de impuestos | El indicador de impuestos representa una categoría impositiva que debe tenerse en cuenta en la declaración a la Hacienda Foral. |
Clave contable | Clave de contabilización que se deberá tener en cuenta para la creación de la anotación. |
Capítulo | En el caso de facturas emitidas, siempre se deberá seleccionar la opción “Facturas emitidas (1)” en el campo “Capítulo”. Mientras que, en el caso de facturas recibidas, se deberá seleccionar la opción “Facturas recibidas (2). |
Subcapítulo | Es obligatorio si la opción “Facturas emitidas (1)” ha sido seleccionada en el campo “Capítulo”. En cuyo caso, se deberán tener en cuenta lo siguiente: Si la factura emitida debe generar un registro TBAI (independientemente de la Diputación foral), se deberá seleccionar la opción “Factura emitida con software garante (1.1)” en el campo “Subcapítulo”. |
Tipo de envío | Se selecciona si la anotación que se creará corresponderá a un “Alta (1)” o a una “Anulación (2)”. |
Factura simplificada | Permite marcar o desmarcar si la anotación que se generará corresponderá a una factura simplificada o no, en cuyo caso se trata como una factura completa. |
Sustitutiva de simplificada | Permite marcar o desmarcar si la anotación que se generará corresponderá a una factura que es emitida en sustitución de una factura simplificada. |
Asiento resumen | Permite marcar o desmarcar si la anotación que se generará corresponderá a un asiento resumen o no. |
Código de rectificativa | Permite seleccionar si la anotación que se creará corresponderá a una factura rectificativa, en cuyo caso deberá seleccionarse uno de los códigos de rectificativas entre los siguientes valores: |
Tipo de rectificativa | En caso de haberse seleccionado un código de rectificativa deberá seleccionarse si se trata de una rectificativa por diferencias o por sustitución. |
Tipo de factura | En caso de que la entrada siendo configurada corresponda con una anotación de alta LROE perteneciente al Capítulo de “Facturas recibidas (2)”, se debe indicar el tipo de factura que se generará. Los valores seleccionables para este campos son los siguiente:
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Clave régimen 1 | Obligatoriamente deberá seleccionarse el código de régimen con el que se creará la anotación de entre los siguientes valores:
Claves de régimen especial de facturas emitidas:
Clave de régimen especial de facturas recibidas:
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Clave régimen 2 | Adicionalmente se puede seleccionar un segundo código de régimen.
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Clave régimen 3 | Adicionalmente se puede seleccionar un tercer código de régimen.
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Desglose (Emitidas) | Para aquellas anotaciones que correspondan a facturas emitidas a extranjeros se puede seleccionar un tipo de desglose a nivel operación. Este tipo de desglose a nivel operación es el que se utilizará por defecto en la creación de la anotación. |
Desglose (Recibidas) | Para anotaciones LROE de facturas recibidas, se debe indicar el tipo de desglose.
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Emitida por: | Para aquellas anotaciones que deban seguir por el flujo de autofactura, se deberá configurar quién será el emisor de la factura. Los valores permitidos serán por cuenta propia, por cuenta de un tercero o por cuenta del destinatario. Actualmente, sólo está contemplado el flujo de autofactura de factura emitida por destinatario no sujeto a normativa BATUZ de la Diputación foral de Vizcaya. Para configurar este flujo, se deberá parametrizar la entrada como “Factura emitida sin software garante” (Subcapítulo 1.2) y seleccionar la opción “D - Destinatario” del desplegable del campo “Emitida por:” |
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