1. Introducción
El Suministro Inmediato de Información (SII) es el sistema de llevanza de libros a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria basado en el suministro en tiempo real de las transacciones comerciales. Este requisito es de obligado cumplimiento a partir del 1 de julio de 2017 (Según el Real Decreto 596/2016).
Obligados al SII
El SII es de carácter obligatorio para los siguientes sujetos pasivos:
- Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA)
- Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04€)
- Grupos de IVA
El SII también será aplicable para todos aquellos sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.
Información a suministrar en el SII
Las entidades incluidas en el SII deben suministrar la siguiente información:
- Libro de Registro de facturas emitidas
- Libro de Registro de facturas recibidas
- Libro de Registro de bienes de inversión
- Libro de Registro de operaciones intracomunitarias
- Libro de Operaciones con transcendencia Tributaria
- Libro de Registro de cobros en metálico
- Libro de Suministro de Inmuebles Adicionales
- Libro de registro de Venta de bienes en consigna
Plazos
Se deben enviar la información de las facturas en el plazo:
- Facturas emitidas: 4 días naturales desde la fecha de expedición de la factura.
- Facturas recibidas: 4 días naturales desde la fecha de registro contable de la factura.
- Operaciones intracomunitarias: 4 días naturales desde la fecha del documento de aduanas.
En el cómputo del plazo se excluyen sábados, domingos y festivos nacionales.
Se detallan a continuación los pasos que han de realizarse para la notificación de facturas a la AEAT.
Avvale 2024