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1. Introducción

1. Introducción

El Suministro Inmediato de Información (SII) es el sistema de llevanza de libros a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria basado en el suministro en tiempo real de las transacciones comerciales. Este requisito es de obligado cumplimiento a partir del 1 de julio de 2017 (Según el Real Decreto 596/2016).


Obligados al SII
El SII es de carácter obligatorio para los siguientes sujetos pasivos:

  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA)
  • Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04€)
  • Grupos de IVA


El SII también será aplicable para todos aquellos sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.


Información a suministrar en el SII
Las entidades incluidas en el SII deben suministrar la siguiente información:

  • Libro de Registro de facturas emitidas
  • Libro de Registro de facturas recibidas
  • Libro de Registro de bienes de inversión
  • Libro de Registro de operaciones intracomunitarias
  • Libro de Operaciones con transcendencia Tributaria
  • Libro de Registro de cobros en metálico
  • Libro de Suministro de Inmuebles Adicionales
  • Libro de registro de Venta de bienes en consigna


Plazos
Se deben enviar la información de las facturas en el plazo:

  • Facturas emitidas: 4 días naturales desde la fecha de expedición de la factura.
  • Facturas recibidas: 4 días naturales desde la fecha de registro contable de la factura.
  • Operaciones intracomunitarias: 4 días naturales desde la fecha del documento de aduanas.


En el cómputo del plazo se excluyen sábados, domingos y festivos nacionales.
Se detallan a continuación los pasos que han de realizarse para la notificación de facturas a la AEAT.


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