Esta tabla Transacción: /EDGE/TC_TB_REGL
Mediante esta transacción se accede a la visualización de la tabla que contiene las reglas y la lógica para calcular el flujo que debe deben seguir cada uno de los casos los documentos asociados a la autofacturación. Los casos se determinan según la combinación de los siguientes elementos:
Tipo de Factura
Emitida por cuenta de
Declarada por
Normativa del obligado tributario (proveedor)
Normativa del cliente
Subcapítulo del LROE.
En función de la combinación de esos parámetros se indicará si el documento generado debe: Generar fichero TBAI, enviar Enviar fichero TBAI, Generar LROE, subcapítulo Subcapítulo del LROE y si debe retener la anotación del LROE.
Info |
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Esta tabla no será modificable por el usuario y será transportada desde producto |
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Según la parametrización definida dentro de Configuración para la creación de anotacionesse define quién es la persona que emite la factura (Emitida por cuenta de) y quién la envía a la Hacienda (declaración realizada por), tanto en facturas emitidas como recibidas
Para más detalle ir al apartado:
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Podremos definir la Hacienda de a la que reporta cada Proveedor y cada Cliente en las tablas Hacienda por proveedor y Hacienda por cliente. Si no se incluyen en estas tablas se entenderá que son clientes / proveedores a los que no le aplica la normativa de la Foral.
Para más detalle ir al apartado:
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Con esta configuración se pretenden cubrir las diferentes casuísticas de autofactura y emitidas por destinatarios y terceros, cubriendo los siguientes casos:
FACTURAS EMITIDAS POR EL OBLIGADO TRIBUTARIO
EMITIDA POR EL PROPIO OBLIGADO TRIBUTARIO Y DECLARADO POR UN TERCERO
En este caso es el obligado tributario el propio emisor de la factura, pero delega en un tercero la comunicación a la Agencia.
En este caso se genera el fichero TBAI pero no se envía a la Agencia.
Se permite la extracción de los ficheros TBAI para aquellos casos en los que se ha generado pero no se ha enviado a la Hacienda Foral, sino que se va a enviar al proveedor para que él lo declare.
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2. FACTURAS EMITIDAS POR UN TERCERO
Son facturas que no emite ni el obligado tributario ni el destinatario de la operación, sino una tercera parte.
EMITIDA POR UN TERCERO Y DECLARADA POR EL OBLIGADO TRIBUTARIO
Son facturas que no emiten ni el obligado tributario ni el destinatario de la operación, sino una tercera parte.
Se crea un programa que leerá el XML de TBAI y lo anexará al documento contable correspondiente utilizando el Archive Link.
En caso de que exista factura electrónica la enviará en el momento de anexar el XML, de la misma manera si requiere anotación en LROE se genera la entrada en el monitor.
en caso de que no exista factura, será porque el documento no ha sido aún contabilizado o ha generado algún tipo de error. En este caso se devolverá un error informando que no ha sido posible anexar el XML al registro de la factura electrónica.
3. FACTURAS EMITIDAS POR EL DESTINATARIO
Son las facturas que emite el propio destinatario de la operación
EMITIDA POR EL DESTINATARIO Y DECLARADA POR EL OBLIGADO TRIBUTARIO
Seguirá el mismo procedimiento que el punto anterior.
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En los casos en los que el Destinatario no está sujeto a la normativa foral el flujo sería el siguiente.
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4. FACTURAS EMITIDAS EN NOMBRE DE OTRO
Las sociedades que estén sujetas a la normativa foral y que emitan facturas en nombre de un proveedor que también esté sujeto a la normativa foral deberán generar un fichero TBAI
Se crea una tabla para poder vincular a cada proveedor con la hacienda a la que debe declarar.
Si un proveedor no se encuentra en esa tabla se entenderá que no está sujeto a la normativa foral y no se emitirá TBAI
EMITIDA EN NOMBRE DEL OBLIGADO TRIBUTARIO Y DECLARADA POR LA SOCIEDAD QUE LA EMITE
Facturas emitidas en nombre del proveedor y que además se envían a la Foral.
Se generará un fichero TBAI si la sociedad que contabiliza la factura está sujeta a la normativa foral y el proveedor también.
El fichero TBAI se enviará a la Foral correspondiente.
EMITIDA EN NOMBRE DEL OBLIGADO TRIBUTARIO Y DECLARADA POR EL OBLIGADO TRIBUTARIO
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Considerando todo lo anterior, los flujos de autofacturación que se aplican dentro del producto son los siguientes: