En esta transacción se configurará donde la sociedad tenga el establecimiento permanente.
Transacción: /EDGE/SII_CA_005 - Establecimientos permanentes por sociedad
Vista en B+ SII:
Importante: Únicamente se tendrán en cuenta en esta tabla, las sociedades que de una manera u otra van a enviar a Canarias en algún momento. Ya sea parte de sus facturas, todas o una misma a ambas agencias (SII IVA e SII IGIC). |
Existen 5 casuisticas diferentes:
- Establecimiento permanente en Península sujeto a IVA:
Comportamiento actual de B+ SII. Las sociedades que aplican al SII IVA que actualmente están configuradas en producto, no tendrán que ser configuradas en esta tabla.
- Establecimiento permanente en Canarias sujeto a IGIC:
Esta casuistica significará que la sociedad integra tributa en IGIC, por lo que la parametrización tendrá que ser la siguiente:
- Establecimiento permanente tanto en Península como en Canarias:
Esta casuística se da, cuando una sociedad aplica a ambas agencias por tener establecimientos permanentes en ambos sitios. Por ello hay que configurar la sociedad con ambos parámetros (PENÍNSULA y CANARIAS).
Ejemplo: Una sociedad establecida en Península obligada al SII IVA y a SII IGIC tiene tiendas tanto en Península como en Canarias.
Las tiendas que tiene en Canarias tendrán que declarar las facturas en IGIC y las tiendas que tienen en Península tienen que declarar sus facturas en IVA.
Operaciones realizadas desde establecimientos permanentes en Canarias sujetas a IVA (por aplicación de reglas de localización):
Esta situación se da cuando un establecimiento permanente en Canarias realiza operaciones en Península (Sujeta a IVA), por lo que en SII IGIC hay que declararlo como No Sujeto con régimen 08 y en SII IVA hay que declarar la operación con el régimen y % de IVA que aplique.
Para esta casuística B+ SII generará 2 eDocument por factura, de esta manera no se duplicará información en la contabilidad y se generará cada uno con su estructura y con su configuración.
Se parametriza de la siguiente manera:
Únicamente se configura el establecimiento permanente de la casuística, para este caso es Canarias. En una tabla adicional se configura los indicadores de IGIC/IVA que deben generar doble eDocument (Ver en Indicadores de IVA para la AEAT y para Canarias).
Operaciones realizadas desde establecimientos permanentes en Península/Baleares sujetas a IGIC (por aplicación de reglas de localización) sin inversión de la condición de sujeto pasivo en el destinatario de la operación:
Esta casuistica es parecida a la anterior. Solo que parte de tener el establecimiento permanente en Península pero está sujeto a IGIC. Por lo que debe informar de la misma factura a ambas agencias.
Para esta casuística B+ SII generará 2 eDocument por factura, de esta manera no se duplicará información en la contabilidad y se generará cada uno con su estructura y con su configuración.
Se parametriza de la siguiente manera:
Únicamente se configura el establecimiento permanente de la casuística, para este caso es Península. En una tabla adicional se configura los indicadores de IGIC/IVA que deben generar doble eDocument (Ver en Indicadores de IVA para la AEAT y para Canarias).
Ejemplo: Un despacho de abogados situado en Península con un volumen de operaciones que le obliga a tributar tanto en SII IVA como en SII IGIC, presta sus servicios a un cliente en Canarias.
Dicha operación se realiza desde uno de los despachos que tienen en Península pero se presta el servicio en las Islas Canarias, por lo que debe informar al SII IVA de la realización de la operación y debe informar al SII IGIC de lo mismo.