En esta transacción se configurará donde la sociedad tenga el establecimiento permanente.
Transacción: /EDGE/SII_CA_005 - Establecimientos permanentes por sociedad
Vista en B+ SII:
Importante: Únicamente se tendrán en cuenta en esta tabla, las sociedades que de una manera u otra van a enviar a Canarias en algún momento. Ya sea parte de sus facturas, todas o una misma a ambas agencias (SII IVA e SII IGIC). |
Existen 5 casuisticas diferentes:
- Establecimiento permanente en Península sujeto a IVA:
Comportamiento actual de B+ SII. Las sociedades que aplican al SII IVA que actualmente están configuradas en producto, no tendrán que ser configuradas en esta tabla.
- Establecimiento permanente en Canarias sujeto a IGIC:
Esta casuistica significará que la sociedad integra tributa en IGIC, por lo que la parametrización tendrá que ser la siguiente:
- Establecimiento permanente tanto en Península como en Canarias:
Esta casuística se da, cuando una sociedad aplica a ambas agencias por tener establecimientos permanentes en ambos sitios. Por ello hay que configurar la sociedad con ambos parámetros (PENÍNSULA y CANARIAS).
Ejemplo: Una sociedad establecida en Península obligada al SII IVA y a SII IGIC tiene tiendas tanto en Península como en Canarias.
Las tiendas que tiene en Canarias tendrán que declarar las facturas en IGIC y las tiendas que tienen en Península tienen que declarar sus facturas en IVA.