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En esta transacción se configurará donde la sociedad tenga el establecimiento permanente. 

Transacción: /EDGE/SII_CA_005 - Establecimientos permanentes por sociedad 

Vista en B+ SII:

Importante: Únicamente se tendrán en cuenta en esta tabla, las sociedades que de una manera u otra van a enviar a Canarias en algún momento. Ya sea parte de sus facturas, todas o una misma a ambas agencias (SII IVA e SII IGIC).

Existen 5 casuisticas diferentes:

  • Establecimiento permanente en Península sujeto a IVA:

Comportamiento actual de B+ SII. Las sociedades que aplican al SII IVA que actualmente están configuradas en producto, no tendrán que ser configuradas en esta tabla.

  • Establecimiento permanente en Canarias sujeto a IGIC:

Esta casuistica significará que la sociedad integra tributa en IGIC, por lo que la parametrización tendrá que ser la siguiente:

  • Establecimiento permanente tanto en Península como en Canarias:

Esta casuística se da, cuando una sociedad aplica a ambas agencias por tener establecimientos permanentes en ambos sitios. Por ello hay que configurar la sociedad con ambos parámetros (PENÍNSULA y CANARIAS).

Ejemplo: Una sociedad establecida en Península obligada al SII IVA y a SII IGIC tiene tiendas tanto en Península como en Canarias.

Las tiendas que tiene en Canarias tendrán que declarar las facturas en IGIC y las tiendas que tienen en Península tienen que declarar sus facturas en IVA.




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