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Clave

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Únicamente se configura el establecimiento permanente de la casuística, para este caso es Canarias. En una tabla adicional se configura los indicadores de IGIC/IVA que deben generar doble eDocument (Ver en Indicadores de IVA para la AEAT y para Canarias).


  • Operaciones realizadas desde establecimientos permanentes en Península/Baleares sujetas a IGIC (por aplicación de reglas de localización) sin inversión de la condición de sujeto pasivo en el destinatario de la operación:

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Únicamente se configura el establecimiento permanente de la casuística, para este caso es Península. En una tabla adicional se configura los indicadores de IGIC/IVA que deben generar doble eDocument (Ver en Indicadores de IVA para la AEAT y para Canarias).

Ejemplo: Un despacho de abogados situado en Península con un volumen de operaciones que le obliga a tributar tanto en SII IVA como en SII IGIC, presta sus servicios a un cliente en Canarias.

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