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Tanto la firma de los ficheros TicketBAI como la remisión a Hacienda como anotaciones del LROE se puede realizar por un tercero, incluida la empresa desarrolladora del software que se utiliza para generar la factura.
El sistema TicketBAI deberá cumplirlo la persona contribuyente que emita las facturas. No obstante, también podrán emitir las facturas en nombre y por cuenta de la persona contribuyente: su representante (por ejemplo, un asesor), un tercero o, en su caso, el destinatario de la operación, en los términos establecidos reglamentariamente.
Para ello, cada una de estas personas deberá disponer de alguno de los certificados electrónicos que el sistema TicketBAI permite para la firma de los ficheros electrónicos TicketBAI: certificado de persona física, de dispositivo, etc.
Si el fichero TicketBAI se firma por un tercero, el campo "Factura emitida por tercero o destinatario" debe rellenarse con el valor "T" - Factura emitida por tercero.
3. ¿Cómo se va a determinar el ejercicio/período en el que debe declararse el IVA de las facturas emitidas (ficheros TBAI y LROE de Facturas Emitidas)?
Respuesta de la Hacienda Foral de Bizkaia:
El IVA se devengará en el periodo correspondiente a la fecha de operación.
Cuando la fecha de operación no esté cumplimentada, el devengo lo determinará la fecha de expedición (ver cuándo cumplimentar el campo “fecha de operación” en la pregunta frecuente 58 en la web https://www.batuz.eus/es/preguntas-frecuentes )